Son los casos en los que se realiza el procesamiento de datos personales:
A) Por una persona física con fines privados y no comerciales, por ejemplo, la recopilación de datos personales de los miembros de la familia para armar un árbol genealógico;
B) Con fines exclusivamente periodísticos, artísticos y académicos;
C) Por el Poder Público en el caso de seguridad pública, defensa nacional, seguridad del Estado y actividades de investigación y represión de infracciones penales. Los datos con origen y destino en otros países, que sólo transitan por el territorio nacional, sin que se realice aquí ninguna operación de procesamiento, pueden no estar sujetos a la aplicación de la LGPD, siempre que el país de origen tenga un nivel de protección similar al previsto en la LGPD.
Sí, la empresa debe contratar un DPO para realizar esta función.
El denominado Delegado de Protección de Datos (DPO) corresponde, en la legislación brasileña, al supervisor de los datos. Es el profesional que dentro de una empresa se encarga de atender los temas relacionados con la protección, evitando la vulnerabilidad de los datos de la organización y de sus clientes.
Las siguientes sanciones administrativas están previstas en la nueva ley:
I – Advertencia, con la indicación de un plazo para la adopción de medidas correctivas;
II – Multa simple de hasta el 2% de los ingresos de la persona jurídica de derecho privado, grupo o conglomerado en Brasil, en el último año fiscal, sin impuestos y
limitada a R$ 50.000.000,00, por infracción;
III – multa diaria, observando el límite total a que se refiere el párrafo anterior;
IV – Publicidad de la infracción, después de verificación y confirmación;
V – Bloqueo de los datos personales a los que se refiere la infracción hasta su regularización;
VI – Eliminación de los datos personales a los que se refiere la infracción. Las sanciones se aplicarán de forma gradual, aislada o acumulativa, según las
peculiaridades del caso específico y considerando su gravedad y naturaleza. Además de las sanciones administrativas, el infractor podrá responder ante los tribunales por
las repercusiones derivadas del incumplimiento de la LGPD, individual o colectivamente.
Como hemos notado, estas sanciones son pecuniarias y también reputacionales, ya que la publicidad de un incidente de seguridad podrá dañar
la credibilidad de una empresa. Además, es importante resaltar que los montos derivados de la aplicación de sanciones pecuniarias no benefician directamente al titular y serán destinados al Fondo de Defensa de Derechos Difusos.

Avenida Adolfo Pinheiro, 1.001 – Santo Amaro – 04733-100 – São Paulo – SP

Avenida Adolfo Pinheiro, 1.001
Santo Amaro – 04733-100
São Paulo – SP
+55 11 5525 2711
Avenida Adolfo Pinheiro, 1.001
Santo Amaro – 04733-100
São Paulo – SP
+55 11 5525 2711
Você está saindo do domínio do METARH para acessar o domínio da empresa FOLHA FÁCIL, estando sujeito às políticas de privacidade e segurança desta plataforma parceira.